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Las Empresas de Reunificación de Deudas

     

 

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    Las Empresas de Reunificación de Deudas

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    786

    Autor: Patón & Asociados.
    Website: http://www.rinconlegal.com
    Autor desde:  15/11/2007 - 11:45
    Categoría: Economia y Negocios
    Visualizado: 786 veces.
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    Las Empresas de Reunificación de Deudas

    La subida de los tipos de interés ha provocado que muchas familias endeudadas y pequeñas empresas tengan problemas para llegar a fin de mes, lo cual ha disparado la actividad de las empresas de reunificación de deudas que ofreciéndose como “salvadoras” de la economía familiar les prometen un pago único mensual inferior a la suma de los anteriores. Su práctica más habitual es hipotecar la propiedad del cliente o renegociar su hipoteca para pagar anteriores deudas, aunque también se suelen conceder créditos para realizar la consolidación, por lo que la deuda incluso aumenta.

    El plazo de amortización aumenta pero los intereses son elevadísimos, por lo cual nos encontramos en la tesitura de si son o no en cierta manera “abusivos”, rozando la legalidad.

    El Defensor del Pueblo Enrique Múgica ha destacado que estas compañías han proliferado en los últimos años y que su actividad resulta “muy difícil de describir”, lo que ha contribuido a la confusión de los ciudadanos. Reclama por ello que se vean sometidas con urgencia a un «estricto régimen» que regule su actuación y pide que el organismo supervisor pase a vigilar su actuación. De ello depende, según alertó, la seguridad económica de un elevado número de familias y negocios, ya que estas entidades han captado una gran cantidad de deudas en los últimos tiempos.

    La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha denunciado que estas empresas, al igual que las de créditos rápidos, dan servicio a los clientes más apurados, pero a cambio de los precios más altos del mercado. La asociación destaca que la reunificación de deudas resulta más cara que negociar directamente la ampliación o modificación de las condiciones del crédito con el banco o caja de ahorros.

    Uno de los problemas que provoca la falta de control administrativo es que se desconoce el número de este tipo de entidades que operan en el país y las cantidades que facturan. El Banco de España no ha podido hacer más que prohibir a alguna utilizar la nominación 'banco' en su nombre, ya que está reservada para las entidades supervisadas. Algunos expertos han estimado que su crecimiento en los últimos años ha estado entre el 30% y el 50%, hasta alcanzar un volumen de más 3.500 millones de euros y superar las 20.000 operaciones.

    Aparte de la falta de transparencia cuando se informa a los clientes de los costes que supone utilizar sus servicios, aprovechándose de la “buena fe”, de quien desesperado se agarra a un “clavo ardiendo” y que en el momento de la firma no tiene conciencia de ello.

    La Asociación Española de la Banca (AEB) también pide que sea la Administración quien se ocupe de regular este sector, para lo cual envió una carta al Ministerio de Economía para que regule como se tienen que comportar estas empresas. El Ministerio responde que los intermediarios financieros no están bajo la supervisión del banco de España y que no le corresponde a él regular y que están bajo la jurisdicción del Ministerio de Sanidad y Consumo.

    En fin, ante el vacío legal y la inseguridad que ello conlleva, la sociedad clama a gritos una intervención administrativa, una regulación clara y precisa que regule las normas de actuación y el control de estas empresas.

    Teniendo en cuenta que a esta situación, en la mayoría de los casos es debida a la hipoteca de una vivienda y sabiendo que el derecho a la vivienda es un derecho reconocido constitucionalmente en el art. 47 CE:

    “Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación...”

    Con lo cual, tanto por parte de las distintas asociaciones de defensa del consumidor, como de usuarios de banca se está reclamando una regulación urgente de este sector, así como una ley específica de suspensión de pagos para los consumidores que permita unas suspensión de pagos ajustada a las posibilidades de las familias con un procedimiento ágil y gratuito, diferente a la Ley Concursal de 2003. O bien una ley específica que regule el endeudamiento.


    Artículo publicado en Articulandia.Com

    Sobre el Autor:
    Patón & Asociados.
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    Artículo publicado en Articulandia.Com
    Autor de este artículo: Patón & Asociados.
    Website del Autor: http://www.rinconlegal.com

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